Condiciones para la compra on line billetes Iberia
 
   
 

1. Reservas, billetes y cambios de nombre

Las emisiones de billetes y los orígenes de los vuelos son válidos únicamente en España, modalidad de Billete Electrónico. Vuelos de la compañía Iberia. Todos los vuelos de Iberia y Air Nostrum salen de la terminal T4.

Si alguno de los trayectos comprados no se usa, automáticamente se cancelarán los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete.

Elija el horario que más le interese y se le ofrecerá el precio más barato.

El precio publicado incluye: tasas e impuestos y gastos de gestión. Posibles subidas de Carburante no incluidas. Los precios mostrados son por trayecto, aplicable sólo comprando ida y vuelta. Los precios corresponden a búsquedas recientes, y pueden variar según disponibilidad de plazas, posibles variaciones de tarifas, tasas y otros suplementos en el momento de consulta.

La mayoría de las tarifas NO PERMITEN reembolsos, devoluciones, cambios o llevan unos cargos de gestión por servicios.

Los cambios de nombres en las reservas de plazas y/o billetes NO están permitidos. Por este motivo le pedimos especial atención al escribir los nombres y apellidos de los pasajeros que deberán coincidir con la documentación que presenten en el aeropuerto el día del vuelo. Si los datos del billete no coinciden con la documentación presentada, se podrá denegar el derecho a embarque.

Para cualquier consulta respecto a condiciones de tarifas puede contactar en el teléfono 807 123 456 / 902 400 500.

Es necesario que se presente en el aeropuerto de salida con un mínimo de 45 minutos en vuelos peninsulares, y 2 horas en vuelos a islas e internacionales.


2. Cargos por Emisión de Billete

El cargo por emisión de billete se aplica a cada pasajero de la reserva y el importe es el mismo para cada uno de los pasajeros.

10 EUROS vuelos Domésticos.

10 EUROS vuelos Internacionales.

Los cargos por emisión de billetes no son reembolsables.


3. Pago y Adquisición de billetes

El pago de los billetes se realizará exclusivamente con tarjeta de crédito. Si al efectuar el cargo a su tarjeta de pago, la entidad bancaria no nos autoriza el cobro , no se emitirá el billete.

Para la correcta verificación de la identidad del titular de la tarjeta, dicho titular deberá presentar la tarjeta el día de salida del vuelo en el mostrador de facturación siempre que le sea notificado. Sólo le será requerida la tarjeta en el primer punto del inicio del viaje (no en el viaje de vuelta o tránsitos). NO cumplir con esta normativa implica NO SER ADMITIDO al vuelo, pudiendo únicamente hacerlo mediante la compra en ese instante de nuevos billetes.

Las tarjetas virtuales no son admitidas como medio de pago.


4. Cancelaciones

La mayoría de las tarifas no permiten: reembolsos, devoluciones, cambios o llevan una penalización.

La gestión de los cambios o reembolsos solicitados por el pasajero (siempre que se permita) conlleva un cargo de gestión de 15 EUR (por reemisiones solicitas por el pasajero); o 20 EUR ( por reembolsos) y el cargo por emisión del billete no es reembolsable.


5. Residentes en Canarias, Baleares, Ceuta o Melillla

En la aplicación de los cargos por emisión de billetes, los residentes se beneficiarán de una subvención del 45%

¿ Qué es la subvención de residencia ?
Se trata de una bonificación en las tarifas de los servicios regulares del transporte aéreo, otorgada por el Estado español. Estas bonificaciones serán de aplicación a los ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que acrediten la condición de residentes en las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta o Melilla y que realicen desplazamientos entre el lugar de residencia y cualquier lugar del territorio nacional (España).

Aquellas personas que entren dentro de la definición anterior deberán acreditar que son residentes mediante la EXHIBICIÓN del D.N.I. o tarjeta de residente para los ciudadanos de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, siempre que esté vigente y figure el domicilio que da derecho a la subvención. Los residentes en cuyo D.N.I. no figure el domicilio que da derecho a la subvención o para los menores que no tengan D.N.I., deberán exhibir certificado de residencia en vigor de su Ayuntamiento.

Iberia está obligada a comprobar en el momento de la facturación previa al embarque la identidad del beneficiario cuyo nombre figure en el billete, con su documentación personal, de forma exhaustiva; es decir, a todos los pasajeros con billete subvencionado. Por tanto es imprescindible que todo beneficiario que viaje con billete aéreo bonificado vaya provisto del documento que acredite su identidad, ya sea el documento nacional de identidad o tarjeta de residencia y, en su caso, los certificados acreditativos señalados anteriormente.

 


6. Paradas técnicas

Algunos vuelos directos de larga duración, por cuestiones operativas, pueden necesitar efectuar paradas técnicas durante el trayecto de ida o vuelta. Para más información puedes ponerte en contacto con Iberia en el teléfono 902-400500, indicando el número de vuelo.


7. Pasajeros con Origen, Destino o tránsito en EEUU


Debido a las medidas adicionales de seguridad impuestas por aquel país, los pasajeros con vuelos a EEUU deben de presentarse en el aeropuerto con, al menos, 3 horas de antelación.



Y en cumplimiento de los requerimientos del Gobierno de EE.UU., Iberia está legalmente obligada a permitir a la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) de EE.UU. acceder a ciertos datos del viaje y la reserva de los pasajeros que vuelen con destino/desde o en tránsito por EE.UU. Estos datos son utilizados principalmente para prevenir y combatir el terrorismo, el crimen organizado y otras graves ofensas criminales transnacionales

Pasaporte de lectura mecánica para viajar a/por EE.UU y Puerto Rico a desde el 26 de Octubre de 2004 .

A partir del 12 de enero del 2009, todos los viajeros de países integrados en el VWP deberán obtener una autorización electrónica antes de embarcar en vuelos o barcos hacia los Estados Unidos de América.

Todos los pasajeros dentro del VWP tienen como condición para ser admitidos en los Estados Unidos, la identificación biométrica (incluyendo la fotografía y la toma de huellas) en el proceso de entrada.

Entre en la Web https://esta.cbp.dhs.gov/esta/esta.html?language=es y rellene el formulario Aconsejamos encarecidamente que los viajeros lo rellenen con antelación. La Web le contestará automáticamente una vez contestadas las preguntas biográficas
y otras típicamente usadas en los formularios.

La Web le contestará automáticamente una vez contestadas las preguntas biográficas y otras típicamente usadas en los formularios.

AUTHORITATION APPROVED: Está autorizado a viajar.
TRAVEL NOT AUTHORIZED: Debe obtener un visado de no inmigrante en la embajada de los Estados Unidos antes de viajar.
AUTHORITATION PENDING: Debe volver a la Web y actualizar sus datos y obtendrá una respuesta en 72 horas.
Una autorización ESTA es: La autorización necesaria y obligatoria a partir del 12 de enero del 2009, para los pasajeros dentro del VWP para embarcar en avión o barco hacia los Estados Unidos.

Esta autorización es valida para un periodo de dos años o hasta la caducidad del pasaporte si es inferior a dos años a no ser que sea revocada.
Es valida para múltiples entradas a los Estados Unidos.
Si alguno de los datos cambia en los futuros viajes, es muy fácil actualizarlo a través de la Web.

Esta autorización es válida solo para abordar el avión o el barco hacia los Estados Unidos y no garantiza la admisión en el país.

 

POR FAVOR, LEA ATENTAMENTE ESTA INFORMACIÓN:
La Secretaría del Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América, exige a todos los pasajeros que viajen ( a/por) Estados Unidos y Puerto Rico, un pasaporte de lectura mecánica, o en su defecto, el pasaporte convencional y un visado de lectura mecánica. Además, los menores de edad ciudadanos de los paises del Programa de Exención de Visado (V W P) y que estén incluidos en el pasaporte de sus padres, ya no podrán viajar a EE.UU. con este pasaporte. Necesitarán su propio Pasaporte de Lectura Mecánica (MRP).

Para el resto de ciudadanos de otras nacionalidades se requiere pasaporte y visado.

Rogamos especial atención en los vuelos de Iberia con pasajeros en tránsito que viajen a/desde los siguientes orígenes/destinos: Pasajeros de un vuelo de Iberia con destino a un tercer país que continúan su viaje con otra compañía haciendo tránsito en Nueva York, Chicago, Miami o San Juan o Viceversa.

Pasajeros con origen/destino Santo Domingo, que hagan tránsito en Puerto Rico . Recordamos a los pasajeros con nacionalidad dominicana que necesitan visado de tránsito. Todos los pasajeros en vuelos de Iberia con destino Santo Domingo, que transiten por San Juan de Puerto Rico sin la documentación requerida, no serán aceptados al embarque, y se procederá a cambiar su reserva al primer vuelo directo a Santo Domingo con disponibilidad de plazas, en la clase correspondiente a la que aparezca en su billete (cambios y penalizaciones sujetos a las condiciones de la tarifa adquirida por el pasajero).

Centroamérica: Cancún, Guatemala, San Pedro de Sula, San Salvador, Managua, San José de Costa Rica y Panamá, que hacen tránsito en Miami.

IMPORTANTE

Para cualquier duda sobre requisitos de documentación para viajar a/por EE.UU puede consultar con la Embajada de Estados Unidos en su país.

La Embajada de Estados Unidos en España pone a disposición de los ciudadanos la página www.embusa.es o el teléfono de información de visados 806 227 227.


8. Pasajeros chinos con destino Ecuador

Se pedirá a todos los ciudadanos Chinos con destino Ecuador que lleven un visado junto con el Pasaporte. Dicha documentación se pedirá tanto en los mostradores de facturación (siempre que se utilicen) como en las puertas de embarque. Los pasajeros deben de estar en posesión de la documentación exigida por las leyes o autoridades a, desde o a través de los que se vaya a volar , siendo ellos mismos los únicos responsables del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en cada caso.


9. Pasajeros con destino Italia.

Todos los pasajeros llegando ó saliendo de Italia hasta el 15 de julio, inclusive, tendrán que realizar control de pasaportes.
Durante este periodo, todos los pasajeros procedentes de cualquier lugar del mundo, incluidos los procedentes de los países firmantes del Acuerdo Schengen, DEBERAN IR OBLIGATORIAMENTE DOCUMENTADOS. En caso contrario, no podrá aceptarlos en el momento de la facturación.


10. Documentación.

Los pasajeros deben estar en posesión de la documentación exigida por las leyes o autoridades de los países a, desde o a través de los que se vaya a volar, siendo ellos mismos los únicos responsables del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en cada caso (pasaporte, visados, DNI).


Tenga en cuenta:

• Los vuelos entre Madrid y Barcelona o Barcelona y Madrid, series IB 6xxx , son vuelos Internacionales, (Barcelona salida/llegada por la Terminal B ) por lo que todos los pasajeros (incluyendo niños y bebes) deben ir provistos del D.N.I y/o pasaporte en vigor. Los menores de 18 años que viajen solos en esta clase de vuelos necesitan además de uno de los documentos indicados, una autorización firmada por los padres o tutores."No es válida la Tarjeta de Residente (NIE), en estos vuelos, si no va acompañada del pasaporte".

• Los vuelos entre Madrid y Canarias series IB 6xxx , son vuelos internacionales por lo que todos los pasajeros (incluyendo niños y bebés) deben ir provistos del D.N.I y/o pasaporte en vigor. Los menores de 18 años que viajen solos en esta clase de vuelos necesitan además de uno de los documentos indicados, una autorización firmada por los padres o tutores. "No es válida la Tarjeta de Residente (NIE), en estos vuelos, si no va acompañada del pasaporte.


11. Cualquier modificación horaria que pueda sufrir tu vuelo, se notificará mediante un correo electrónico a la dirección indicada durante el proceso de reserva.